La vivienda social, la renta del suelo y el retorno del alquiler


Junto a la alimentación y el vestido, la vivienda siempre ha sido en todo tiempo y lugar una necesidad individual y socialmente imprescindible para los seres humanos. Pero esta generalidad comporta toda una evolución histórica, en la que la penuria de la vivienda ha sido una constante para las clases oprimidas. No podía ser otro modo si se considera que en las sociedades divididas en clases, las desigualdades se manifiestan necesariamente en las condiciones de alojamiento y el lugar en que viven las clases trabajadoras. En este sentido hay que distinguir las novedades para bien y para mal introducidas por la implantación y desarrollo del modo de producción capitalista y los intensos procesos de urbanización alimentados por la generalización del trabajo asalariado. La ciudad capitalista, ya sea industrial o terciaria, ha consagrado la separación espacial entre vivienda y trabajo, lo que no es sino la manifestación de la separación fundamental entre trabajadores y medios de trabajo que caracteriza al propio capitalismo. Pues, de no existir esta separación tampoco existiría la clase de los obreros libres que no tienen otra cosa que vender en el mercado que no sea su fuerza de trabajo.
En las líneas que siguen se trata de esbozar algunos hitos del problema de la vivienda hasta llegar a la solución de “la vivienda social media”, que si en cierto modo fue algo excepcional, no lo es menos su cuestionamiento por las políticas neoliberales actuales, en tanto remedo renovado del capitalismo “salvaje” del siglo XIX europeo.
Hay que empezar por no perder la memoria. Hay que recordar cómo la miseria extrema y la penuria de la vivienda acompañó en Europa a la formación histórica del proletariado moderno, y continuó siéndolo durante el capitalismo liberal del siglo XIX hasta bien entrado el siglo XX, pues la tendencia dominante de la acumulación de capital se basaba entonces en la reducción drástica de las condiciones de reproducción de la fuerza de trabajo. Debido a ello el alojamiento de las masas proletarias en las ciudades industriales se caracterizará por el hacinamiento y la insalubridad de la vivienda, los alquileres abusivos y el desahucio expeditivo, en sintonía con los bajos salarios y la inseguridad en el trabajo. Una réplica a esta situación se encuentra en las campañas de los higienistas frente a las epidemias y enfermedades sociales que azotaban al alojamiento del proletariado urbano. El problema de la vivienda tendría lógicamente un lugar destacado en la “cuestión social”, desde el ángulo reformista, y en la lucha por el socialismo, desde el ángulo revolucionario. Por ello si relevante es el auge de las famosas “ligas de inquilinos” cuyas luchas llegan al primer tercio del siglo XX en España, no menor será el papel de las zonas proletarias en las luchas insurreccionales. Esto último explica asimismo el que la ciudad capitalista tenga en el urbanismo un instrumento preferente de intervención no ya técnico, sino político e ideológico de organización de un espacio en el que se desarrolla la lucha de clases, a la par que es su escenario cotidiano. Como diría un famoso historiador: “Los obreros vivían de un modo diferente a los demás, con expectativas vitales diferentes y en lugares distintos”. Habían conseguido verse como una gran clase y “considerar este hecho como el más importante, con mucho de su situación como seres humanos dentro de la sociedad”. No tiene, por tanto, nada de extraño que la llamadas “zonas rojas” fueron uno de los fantasmas predilectos en la literatura burguesa de los horrores sociales.
Hay que esperar, en Europa, a la segunda mitad del siglo XX –tras los impactos de la II Guerra Mundial- para que el proletariado acceda a una vivienda dotada de una norma de habitabilidad y un cierto nivel de equipamiento, que tal será la “vivienda social media”. Para ello fue necesario reunir una serie de condiciones históricas en la producción y el consumo de masas, y por consiguiente, en la lucha de clases. Fue necesario, por tanto, revolucionar las condiciones técnicas y sociales del proceso de producción, con el fin de intensificar considerablemente la fuerza productiva del trabajo. A ello contribuyó decisivamente la organización del trabajo industrial taylorista- fordista, toda vez que permitió establecer un régimen de acumulación intensiva de capital, por un lado, y un aumento de la capacidad adquisitiva de los salarios, por otro. Así pues no es una mera redundancia decir que la aparición de la vivienda en el mercado de forma masiva implica que las condiciones capitalistas de producción hacen posible su fabricación en serie. Además, la vivienda social que puede ser objeto de alquiler o de compra, en este último caso comporta un símbolo de estatus, al que se accede por la extensión de la compra a plazos, extensible al consumo de bienes duraderos, que atan a los obreros a las deudas hipotecarias con los bancos. Lo cual sería, por lo demás imposible sin la regularidad de los salarios que comporta el trabajo fijo, lo que a su vez permite considerar en ese sentido, el destacado papel de los convenios colectivos de trabajo a cuya expansión se asiste. Éstos representan un cambio estructural en la compra-venta de la fuerza de trabajo, en la medida que conducen al control estricto de los salarios y su planificación de cara a un consumo de mercancías, que siendo una resultante de la producción en masa es, a su vez, una condición esencial de la acumulación capitalista.
En ese transcurso, la vivienda deja de ser el abrigo o cobijo que había sido, para convertirse en el lugar estructurante de un consumo cada vez más complejo. Junto al mobiliario aparecen los electrodomésticos con la finalidad de economizar el trabajo doméstico, y la movilización ideológica del “tiempo libre” a cargo de la televisión y las técnicas publicitarias, que va a suscitar una gigantesca expansión de mercancías complementarias. A este modo de consumo se une otra mercancía “imprescindible”, que será el automóvil destinado, en primer lugar, a salvar la distancia que separa la vivienda del lugar de trabajo que la ciudad capitalista ha elevado a dimensión definitiva.
En ese contexto, la intervención del Estado, dirigida a regular el conflicto capital/trabajo alcanza su apogeo, al que no sería ajeno la resolución de la contradicción de intereses social/ privado mediante la creación de un potente sector público. Ya sea, en la esfera de la producción, con la empresa pública, así como en la esfera de la reproducción de la fuerza de trabajo, en la que se inscribe la creación del “sector social de la vivienda”. Así ante los “fallos del mercado”, el Estado toma a su cargo gran parte de los costes de la vivienda y hace de ésta un instrumento de pacificación, sin merma de llevar la zonificación de las clases sociales en el espacio urbano hasta sus últimas consecuencias. Esta norma de consumo obrero enteramente capitalista -que conlleva la destrucción de formas tradicionales anteriores- es la que hará hablar de “sociedad de consumo”, en lugar de capitalismo monopolista de Estado, y a la luz de la cual, esto es, de sus variantes ideológicas, la crisis y las contradicciones de capitalismo se daban por resueltas.
En España, el “sector de la vivienda social” justificado por el famoso principio de subsidiariedad respecto a la “iniciativa privada” se desarrolla sobre todo en el tardofranquismo, bajo los efectos de la industrialización, que traslada a las masas obreras del campo a la ciudad, y el intenso proceso de reurbanización que llevó consigo, basado en la construcción de grandes periferias urbanas y la degradación del centro como lugar de residencia obrera. En esa línea, el ambicioso Plan Nacional de la Vivienda (1962-1976) cifrado en la construcción de 3,7 millones de viviendas no sólo culminó en un boom inmobiliario, y como tal fue el predecesor del gigantesco boom inmobiliario actual, sino que consagró la fórmula de la construcción de la vivienda de protección oficial al 50% o más, respecto a la vivienda de renta libre. Una característica añadida de la vivienda social fue la ruptura con el alquiler que había sido el signo distintivo de la habitación obrera, lo que para algunos estudios sociológicos de la época era algo desconcertante. Así, el hecho de que la propiedad de la vivienda recayese en las clases más modesta se consideraba una “injusta presión de compra”, cuando por otro lado se afirmaba que la exigencia de una vivienda decente formaba parte de la “revolución de las aspiraciones crecientes”. En cualquier caso, se daba por sentado que la venta significaba acelerar la rotación del capital invertido en la producción de la vivienda, mientras la compra de ésa significaba la elevación de la tasa de esfuerzo del trabajador durante los 15 o 20 años en que debía pagar el crédito hipotecario, que se suponía era el periodo de su mayor actividad vital. Se consideraba que el endeudamiento de la compra a plazos era una estrategia para cortarle el vuelo a la capacidad de lucha de la clase obrera y “aburguesarla”, tanto más cuando el publicismo económico hacía de la propiedad individual de la vivienda la garantía para el endeudamiento futuro, cuando no se felicitaba de la estabilidad social aportada por la política de vivienda en propiedad desarrollada por la dictadura franquista.
A todo esto, la determinación del precio de la vivienda por el “precio del suelo” se mantenía en vigor, pues no hace sino crecer con el crecimiento urbano. Como factor externo al proceso de producción, el mecanismo del “precio del suelo” presupone la producción capitalista de la vivienda como mercancía, la división económica social del espacio urbano, y la propiedad privada individual sobre el suelo, que no es sino un derecho jurídico garantizado por el Estado. Por ello lo que compra el promotor inmobiliario es ese derecho jurídico, cuyo precio promueve su propia actividad, y que paga como un adelanto sobre la parte de plusganancia que espera realizar. La plusganancia significa simplemente que el precio de venta de la vivienda (suelo + edificación) es superior a su precio de producción. Así, tenemos que en puridad el “precio del suelo” no existe, porque el suelo en sí no tiene valor, no es producto del trabajo. Lo que existe -como señala Marx en El Capital- es el “precio de la renta capitalizada del suelo”, cuyo propietario está en condiciones de apropiarse. Se trata de un tributo impuesto a la sociedad por la propiedad territorial, cuya personificación histórica es la clase terrateniente, bajo dos formas doblemente gravosas de renta del suelo: la renta absoluta y la renta diferencial. La renta absoluta procede de la propiedad privada sobre el suelo, en cuanto representa un derecho de exclusividad o monopolio de utilización del mismo. En cambio, la renta diferencial, en la que influye sobremanera el factor situación, es la incorporada por la diversidad de las funciones de asentamiento (residencial, industrial, comercial, acceso a enclaves viarios, y demás). Todo lo cual no hace sino corroborar el hecho de que los titulares privados de la propiedad territorial se lucran de un desarrollo social respecto al cual son absolutamente parasitarios.
Esta distinción de los dos tipos de renta del suelo es importante asimismo para entender el alcance teórico y práctico de las medidas de nacionalización total, y de los requerimientos relativos a la propiedad pública del suelo. La nacionalización del suelo significa abolir la propiedad privada y sustituirla por la propiedad del Estado, en razón de la cual desaparece la renta absoluta. No así la renta diferencial, ya que ésta se forma en el marco capitalista y sólo puede desaparecer con el capitalismo mismo, razón por la que mientras tanto pasa a manos del Estado. Conviene saber, además, que históricamente el concepto teórico de la nacionalización de la tierra ha representado la solución burguesa más radical en lucha con la clase terrateniente. Pero esa solución revolucionaria, en la que la clase obrera está objetivamente interesada, es actualmente un paso más a dar en la lucha por la sociedad socialista.
Ahora, con el gigantesco boom inmobiliario que atraviesa España se ha disparado la fiebre especulativa del suelo, la corrupción urbanística, y por consiguiente un desorbitado “precio del suelo”, que supone cuando menos el 50% del no menos astronómico precio final de la vivienda. Junto a ello se ha puesto de manifiesto el déficit de la vivienda social, que afecta a los jóvenes trabajadores, y en cuya movilización se asocia el problema de la vivienda a la precarización laboral. Pues el derecho de los españoles a una vivienda digna (Art. 47 de la Constitución monárquica de 1978) lejos de mejorar el “sector de la vivienda social” lo redujo al mínimo, tal como postulan las recetas neoliberales, de manera que si todavía en 1980 la construcción de viviendas de protección oficial representaban el 50% respecto a las de renta libre, la proporción fue disminuyendo, siendo en estos últimos años si acaso del orden del 10%. Y ello cuando más perentorio se hacía adoptar una política de viviendas asequibles ante la persistente “moderación salarial”, en la que se ha basado el “espectacular” crecimiento económico español de la última década. Lo cual se ha reflejado claramente en el retroceso de los salarios reales de los trabajadores, que en el pasado 2006 se situaron al nivel de 1997.
Nada sorprendente, por tanto, que el retorno del alquiler aparezca como la solución más realista ante un déficit que no es de la vivienda en general, como ponen de relieve los más de tres millones de viviendas vacías. Pero mientras las plataformas de la vivienda digna se orienta hacia la creación de un parque público de viviendas en alquiler, nuestros neoliberales se conduelen de “la práctica desaparición del mercado de la vivienda en alquiler”, ignorando el hecho, por ejemplo, de que el 47 por ciento de los inmigrantes que viven en España –y ocupan 653.000 pisos- son inquilinos subarrendados. Según el diagnóstico de los defensores de los propietarios de viviendas vacías, para los cuales la expropiación de las mismas sería un desamparo o vulneración del derecho constitucional a la propiedad privada reconocido en el Art. 33, el problema de la vivienda en alquiler estriba no en su encarecimiento, sino en la dificultad de desahucio por impago del inquilino, cuando los jueces podrían resolverlo en quince días.
Pero esta receta “profunda” de nuestros neoliberales, no siendo más que una anécdota inserta en la contradicción social/privado siempre latente, es indicativo de que el retorno a la vivienda de alquiler es el signo de los tiempos que anuncian. Pero lo que para ellos es un puente con el pasado opresivo, para nosotros tiene que ser un trampolín hacia el socialismo del siglo XXI, en el que no puede faltar la actualización de las tradiciones de lucha y emancipadoras gestadas en todo tiempo y lugar.

Consejo de Redacción

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